La acusación popular

  1. Pérez Gil, Julio
Dirigida por:
  1. Ernesto Pedraz Penalva Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Valladolid

Fecha de defensa: 17 de septiembre de 1997

Tribunal:
  1. Francisco Ramos Méndez Presidente/a
  2. Agustín-Jesús Pérez-Cruz Martín Secretario/a
  3. José Martín Ostos Vocal
  4. Pablo Saavedra Gallo Vocal
  5. Joan Verger Grau Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 61167 DIALNET lock_openUVADOC editor

Resumen

El tema de estudio es el ejercicio de la pretensión penal por ciudadanos no ofendidos por el delito. El trabajo se ha estructurado en cuatro partes: 1) Análisis histórico (derecho romano, derecho histórico español, alemán e italiano) La acusación popular puede considerarse a la vista de ello como reflejo de una insuficiente consolidación del Ministerio Fiscal en calidad de defensor del interés publico. 2) Estudio de su naturaleza jurídica, del que se concluye que la acción penal de la Lcrim. no constituye derecho alguno, sino un conjunto de actividades que no cambia de naturaleza en función del sujeto, publico o privado, que las realiza. El principal defecto del ejercicio popular de la acusación esta en su propia esencia: posibilita la introducción en el proceso penal de intereses privados ajenos a los legítimos del ofendido por el delito. 3) Estudio del régimen legal de la acusación popular, revelador de sus aspectos esenciales (legitimación, procedimiento, garantías, etc.) 4) Repaso de las razones alegadas en pro de su mantenimiento, del que se ha concluido: a) la acusación popular no puede propiciar una innecesaria "democratización de la justicia", b) la acusación entablada por agrupaciones para la defensa de intereses colectivos no puede seguir siendo entendida como acusación popular stricto sensu, y c) por suplir la actividad del Ministerio Fiscal su mantenimiento es comprensible únicamente en atención a salvables taras orgánicas y funcionales de éste.