Las Leyes de Burgos y Valladolidhistoria y contexto

  1. Martínez de Salinas, María Luisa coord.
  2. Sagarra Gamazo, Adelaida coord.
  3. León Guerrero, María Montserrat coord.

Editorial: Seminario Iberoamericano de Descubrimientos y Cartografía

ISBN: 978-84-615-9360-6

Año de publicación: 2012

Tipo: Libro

Resumen

Muchos castellanos ignoran que hace 500 años en un convento , hoy en ruinas, de la ciudad de Burgos, se trabajó durante un año para poder articular unas normas -convertidas enseguida en ordenanzas- que garantizaran en puntos muy concretos el buen trato que correspondía a los súbditos indígenas de la Corona de Castilla. El significado de la normativa de Burgos resulta tan trascendente que parece obligado preguntarse en razón de que argumento se estipularon esas condiciones y se reconocieron jurídicamente. La respuesta debe buscarse sin duda en el estatuto ontológico, en el hecho de la consideración de los índigenas como personas, sujetos de derechos y deberes, y pueblos dentro de la monarquía patrimonial que Isabel y Fernando quisieron construir. Las Leyes pueden verse como un punto de llegada pero también -y probablemente este amplio ángulo de análisis sea el mejor- como un comienzo. Ya en 1495, transcurrido muy poco tiempo del Descubrimiento de América, los Reyes Católicos ordenaron detener la venta de los indígenas que poco antes había enviado Cristóbal Colón a la península: <>. El dictamen de los doctores de Salamanca fue determinar el estatuto ontológico y jurídico de los indios -personas y por tanto súbditos libres poseedores de derechos y deberes- y concluir que no era lícita su venta ni esclavitud, salvo en el caso de los antropófagos en razón de su desnaturalización.