Los graf[i]tis como obras protegibles

  1. Elena Vicente Domingo

Editorial: Reus ; Fundación AISGE

ISBN: 978-84-290-2646-7 978-84-290-2563-7

Año de publicación: 2021

Tipo: Libro

Resumen

El mundo alrededor del grafiti nos transmite una mezcla de sensaciones que van de la emoción, al riesgo, la transgresión, el arte y la provocación social en función de factores que no siempre dependen del artista, y que varían según el lugar donde se ubica el grafiti, el impacto de la obra en el entorno, y la importancia del artista y su obra. El mundo del grafiti está marcado por muchas claves propias y su realidad es compleja, por lo que no se puede tratar de forma unívoca. Cierto sentimiento de ambivalencia que también alcanza a la perspectiva jurídica del tema. La mayoría de los grafitis tienen un origen ilegal, son clandestinos y no consentidos, pero ello no es obstáculo para que el derecho de autor los proteja. Los grafitis se protegen por el derecho de autor cuando se trata de obras originales que se expresan en un soporte tangible como es la pared o el muro independientemente de su origen ilícito y de si se vulneró o no el derecho del propietario del mismo. Estos aspectos corresponden a otras ramas del ordenamiento, al derecho penal y al derecho administrativo sancionador. Ante la complejidad de las situaciones y los matices jurídicos de cada una de ellas, lo mejor es ser prudentes y, antes de derribar un muro en el que se encuentre un mural o una firma, es mejor asegurarse de que no existe una obra protegida sobre él. Asimismo, ante la corriente de moda en la que el grafiti se ve inmerso, se aconseja reflexión y prudencia, conocimiento del entorno y su impacto, antes de ofrecer un muro como lienzo para un grafiti comisionado, pues no solo hay que asegurarse de los derechos de autor del edificio y de los límites que las normas de patrimonio impongan, sino también, hay que conciliar el grafiti y su impacto en el paisaje urbano, para evitar una contaminación visual.