La naturaleza del derecho de ocupación y su repercusión en la propiedad de las piezas de caza

  1. Cuéllar Montes, Tomás
Dirigida por:
  1. Manuel de Peralta Carrasco Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Extremadura

Fecha de defensa: 09 de febrero de 2016

Tribunal:
  1. Carlos Lasarte Álvarez Presidente/a
  2. Antonio Silva Sánchez Secretario/a
  3. José María de la Cuesta Sáenz Vocal
  4. Eugenio Llamas Pombo Vocal
  5. Antonio Román García Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 400229 DIALNET

Resumen

El artículo 609 del Código civil establece que la propiedad se adquiere por ocupación, el artículo 610, aclara que solo se hará respecto a los bienes que por su naturaleza carecen de dueño, y entre ellos cita de manera específica, a los animales objeto de caza y pesca. De esta manera nuestro ordenamiento adopta de forma definitiva la concepción romana de las cosas carentes de dueño, conocidas como �res nullius�, y entre ellas de manera muy especial las piezas de caza. Esta concepción heredada de los clásicos, sostenida por nuestro ordenamiento con sentencias tan relevantes en la materia como la STC de fecha 22 de enero de 1998, es objeto de crítica en el presente trabajo. En esta tesis se defiende la idea de que los animales que viven en terrenos acotados son �fructis fundi� al igual que sucede con el ganado domestico ya que en la actualidad dichos animales son criados y cuidados por sus dueños y que la consideración de las piezas de caza como �res nullius� debe circunscribirse aquellos que viven en terrenos libres o por su propia naturaleza no son de nadie como las aves migratorias, por lo tanto las piezas de caza que viven en acotados no pueden ser adquiridas por ocupación ya que tienen dueño.