La lesión del derecho de crédito por el tercerosupuestos típicos

  1. Pérez García, Máximo Juan
Dirigida por:
  1. Antonio Manuel Morales Moreno Director/a

Universidad de defensa: Universidad Autónoma de Madrid

Fecha de defensa: 05 de julio de 2004

Tribunal:
  1. Luis Díez-Picazo Presidente/a
  2. Antonio Cabanillas Sánchez Secretario/a
  3. Encarna Roca Trias Vocal
  4. José María Miquel González Vocal
  5. Carlos Vattier Fuenzalida Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Tradicionalmente se ha considerado que los derechos de crédito no pueden ser lesionados por los terceros y que, por tanto, éstos no son responsables de su lesión. Sin embargo, esta concepción ha ido evolucionando, admitiéndose, en la actualidad, por la mayoría de la doctrina que los terceros sí pueden materialmente lesionar derechos de crédito ajenos. Ahora bien, la doctrina española no ha realizado un examen pormenorizado de la cuestión de la responsabilidad de un tercero por la lesión de un derecho de crédito ajeno. En la tesis doctoral se expone cuál es el estado de la cuestión en los Ordenamientos de nuestro entorno (Alemania, Bélgica, Francia, Italiza, Suiza). Asimismo, se analiza si en nuestro Derecho existe alguna norma que impida la existencia de la protección aquiliana del crédito. La conclusión a la que llegamos es que no existe ningún impedimento legal. Por otra parte, en la tesis doctoral se analizan diversos supuestos, regulados expresamente por el Legislador, de lesiónd el derecho de crédito por el deudor con la colaboración de un tercero (fraude de acreedores, doble ventana, venta de la cosa arrendada), así como otros casos de lesión del crédito por el deudor con la colaboración de un tercero, no regulados expresamente por el Legislador, que, sin embargo, han tenido importante reflejo en la jurisprudencia del Tribunal Supremo (vulneraciones de derechos de exclusiva y de derechos de opción de compra, entre otros). El estudio de estos supuestos es una herramienta imprescindible para construir el régimen jurídico de la tutela aquiliana del crédito en nuestro Derecho. Por otra parte, el análisis de la jursiprudencia del Tribunal Supremo nos ayuda a determinar en qué casos se considera que un tercero conoce la existencia de un derecho de crédito ajeno y puede ser calificado como un sujeto de mala fe. Nuestro objetivo es determinar en qué casos y bajo qué presupuestos un tercero va a resp