Administración y territorio en Castilla Viejala junta general de las merindades de Castilla Vieja (1555-1835)

  1. SANCHEZ DOMINGO, RAFAEL
Supervised by:
  1. Gustavo A. Villapalos Salas Director

Defence university: Universidad Complutense de Madrid

Year of defence: 1993

Committee:
  1. José Iturmendi Morales Chair
  2. Fernando Fontes Migallón Secretary
  3. Emiliano González Díez Committee member
  4. Rogelio Pérez-Bustamante Committee member
  5. José Manuel Calderón Ortega Committee member

Type: Thesis

Teseo: 38240 DIALNET

Abstract

LA TRADICION DE JUNTAS Y ASAMBLEAS GENERALES DE LA PENINSULA IBERICA, COMO INSTITUCIONES DE GOBIERNO DE BASE REGIONAL Y TERRITORIAL, SE CONFIGURAN POR AQUELLAS ENTIDADES DE POBLACION QUE SE INTEGRAN EN UNA DEMARCACION GEOGRAFICA. LA INSTITUCIONALIZACION DE LA JUNTA GENERAL DE LAS MERINDADES DE CASTILLA VIEJA SE PRODUCE EN LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XVI. A DICHA JUNTA ACUDIAN LOS PROCURADORES DE SIETE MERINDADES: CASTILLA VIEJA, LOSA, MONTIJA, SOTOSCUEVA, CUESTA URRIA, VALDEPORRES Y VALDIVIELSO, ERA PRESIDIDA POR UN DELEGADO REGIO, EL CORREGIDOR Y COMO COMPETENCIAS ESPECIFICAS SE ENCONTRABAN LA DE APROBAR SU PROPIO PRESUPUESTO, EFECTUAR LEVAS MILITARES, REALIZAR REPARTIMIENTOS QUE AFECTARAN A ASUNTOS DE INTERES COMUN: CONSTRUCCION Y REPARACION DE CAMINOS Y PUENTES, DONATIVOS Y TERCIAS REALES ETC. LA JUNTA GENERAL DE LAS SIETE MERINDADES DE CASTILLA VIEJA PERVIVIO HASTA EL AÑO 1835, AÑO EN QUE SE PROMULGO EL DECRETO DE CREACION DE AYUNTAMIENTOS CONSTITUCIONALES, TRANSFORMANDOSE EN AYUNTAMIENTOS CADA UNA DE LAS MERINDADES.