Administración y territorio en Castilla Viejala junta general de las merindades de Castilla Vieja (1555-1835)

  1. SANCHEZ DOMINGO, RAFAEL
Dirigée par:
  1. Gustavo A. Villapalos Salas Directeur/trice

Université de défendre: Universidad Complutense de Madrid

Année de défendre: 1993

Jury:
  1. José Iturmendi Morales President
  2. Fernando Fontes Migallón Secrétaire
  3. Emiliano González Díez Rapporteur
  4. Rogelio Pérez-Bustamante Rapporteur
  5. José Manuel Calderón Ortega Rapporteur

Type: Thèses

Teseo: 38240 DIALNET

Résumé

LA TRADICION DE JUNTAS Y ASAMBLEAS GENERALES DE LA PENINSULA IBERICA, COMO INSTITUCIONES DE GOBIERNO DE BASE REGIONAL Y TERRITORIAL, SE CONFIGURAN POR AQUELLAS ENTIDADES DE POBLACION QUE SE INTEGRAN EN UNA DEMARCACION GEOGRAFICA. LA INSTITUCIONALIZACION DE LA JUNTA GENERAL DE LAS MERINDADES DE CASTILLA VIEJA SE PRODUCE EN LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XVI. A DICHA JUNTA ACUDIAN LOS PROCURADORES DE SIETE MERINDADES: CASTILLA VIEJA, LOSA, MONTIJA, SOTOSCUEVA, CUESTA URRIA, VALDEPORRES Y VALDIVIELSO, ERA PRESIDIDA POR UN DELEGADO REGIO, EL CORREGIDOR Y COMO COMPETENCIAS ESPECIFICAS SE ENCONTRABAN LA DE APROBAR SU PROPIO PRESUPUESTO, EFECTUAR LEVAS MILITARES, REALIZAR REPARTIMIENTOS QUE AFECTARAN A ASUNTOS DE INTERES COMUN: CONSTRUCCION Y REPARACION DE CAMINOS Y PUENTES, DONATIVOS Y TERCIAS REALES ETC. LA JUNTA GENERAL DE LAS SIETE MERINDADES DE CASTILLA VIEJA PERVIVIO HASTA EL AÑO 1835, AÑO EN QUE SE PROMULGO EL DECRETO DE CREACION DE AYUNTAMIENTOS CONSTITUCIONALES, TRANSFORMANDOSE EN AYUNTAMIENTOS CADA UNA DE LAS MERINDADES.