Concepto de «juicio del que derive la resolución» y la interpretación del principio de primacía del Derecho de la UniónSentencia del Tribunal de Justicia, Sala Séptima, de 21 de diciembre de 2023, asunto C‐398/22 Generalstaatsanwaltschaft Berlin

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    Burgos, España

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Revista:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Año de publicación: 2024

Título del ejemplar: El mantenimiento de los derechos de los trabajadores en el traspaso de notarías

Número: 122

Tipo: Artículo

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Resumen

El presente trabajo examina la Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 21 de diciembre de 2023, asunto C‐398/22 (en adelante STJUE) que tiene como propósito una petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior Regional de lo Civil y Penal de Berlín, Alemania (Kammergericht Berlín) en el procedimiento referente a la ejecución de una orden de detención europea (ODE, en adelante). Se solicita la interpretación del art. 4 bis, ap. 1, de la Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, concerniente la ODE y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros en su texto reformado por la Decisión Marco 2009/299/JAI del Consejo, de 26 de febrero de 2009 destinada a reforzar los derechos procesales de las personas y a propiciar la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones dictadas a raíz de juicios celebrados sin comparecencia del imputado. Las cuestiones prejudiciales son dos, la primera trata sobre el concepto de «juicio del que derive la resolución» de conformidad con el art. 4 bis mencionado anteriormente; la segunda sobre el principio de primacía de la Unión Europea (en adelante UE) si se opone a una normativa nacional como la controvertida en el litigio principal, que excluye la ejecución de la ODE a la autoridad de ejecución.